martes, 5 de mayo de 2009

Predictamen proponiendo modificar la ley de conciliación estableciendo su carácter facultativo

Seguramente algunos de ustedes sabrán que desde noviembre de 1997 existe una ley que norma la conciliación extrajudicial en el Perú. Actualmente rige para asuntos conciliables (transables, negociables) de tipo civil y comercial en Lima Metropolitana, Callao, Ciudad de Arequipa y Trujillo.
El debate en los últimos años se ha centrado en discutir si vale la pena mantener el sistema obligatorio; es decir, que antes de interponer una demanda se tenga que intentar lograr un acuerdo conciliatorio en un Centro de Conciliación autorizado por el Estado.
En el Congreso de la República existe un Predictamen de los proyectos de ley nº 261/2006-cr, 262/2006-cr, 1093-2006-cr y 1910/2007-cr, proponiendo modificar la ley 26872, ley de conciliación, estableciendo su carácter facultativo. Lo adjuntamos:


Predictamen conciliación PERU 2009

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